9.8.10

Código de Ética Para Visitas a Sitios Arqueológicos con Arte Rupestre

Premisas

El Arte Rupestre es un objeto arqueológico y por lo tanto patrimonio nacional. Esto quiere decir que el arte rupestre se encuentra protegido y amparado por las leyes peruanas del patrimonio cultural y arqueológico

El Arte Rupestre es una herencia cultural del pasado. Hay 4 tipos de arte rupestre en el Perú: Pinturas Rupestres, Petroglifos, Arte rupestre movible, y Geoglifos

El arte rupestre incluye las siguientes características: la figuración (grabada, pintada o delineada), el soporte (la piedra, la roca, el farallón el suelo), el entorno inmediato y el paisaje. En conjunto estas características configuran el sitio arqueológico de arte rupestre.

Todos los peruanos tienen derecho y el deber de apreciar, proteger y estudiar el arte rupestre nacional teniendo en cuenta los siguientes aspectos:


Comportamiento ético de los visitantes:


-Comunicar siempre su ingreso a los sitios que estén bajo custodia o supervisión, sea este del Estado: Instituto Nacional de Cultura por ejemplo; o particular: comunidad campesina, asociación comunitaria, etc. Si existen reglamentos internos de visitas, seguir este reglamento y cumplir con los requerimientos estipulados en el mismo.

-Entender concientemente el encontrarse en un lugar que es un repositorio arte antiguo, un lugar con reliquias expuestas. Por tanto se requiere un comportamiento acorde a esta situación.

-Observar el arte rupestre siempre desde una distancia prudencial.

-No debe intervenirse físicamente el arte rupestre en ninguna forma. No debe tocarse, pintarse, rasparse, tizarse, mojarse, escalarse, etc.

-No se debe alterar de ninguna forma el entorno, en el cual el arte rupestre esta inscrito. No se debe remover el suelo, hacer fogatas, campamentos, construcciones, etc., en zonas cercanas a los sitios con arte rupestre.

-No se debe levantar colectar o coleccionar cualquier material cultural asociado a los sitios de arte rupestre, sean estos cerámica, lítico, hueso, o cualquier otro material similar. Esta recomendación incluye también muestras botánicas (plantas y/o árboles), y muestras minerales.

-No se debe dejar en el área nada extraño al entorno y el sitio de arte rupestre, esto incluye ofrendas, pagos, monedas, basura, etc.

-Se debe recordar que todo daño al arte rupestre, siendo este patrimonio nacional, constituye un delito contra el patrimonio cultural que es sujeto a penalidades.

(Fuente APAR)